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Consulado de Colombia en San Francisco

Agende su cita para trámites consulares

 

CITAS Y REQUISITOS PARA TODOS LOS TRÁMITES

INFORMACION IMPORTANTE: Recuerde que es su responsabilidad asegurarse de leer los requisitos, seguir las instrucciones correspondientes a su trámite y completar cada uno de estos antes de llegar al Consulado.  En ausencia de uno de ellos NO se puede adelantar el trámite respectivo.

Para evitar que usted pierda su viaje y deba volver a sacar una nueva cita, agradecemos verificar los requisitos y la información sobre cómo solicitar la cita, que está a continuación o haciendo clic en el siguiente enlace:

https://sanfrancisco.consulado.gov.co/node/30904

Lo invitamos a consultar también información con completa, clara y automatizada sobre los requisitos de todos los trámites en el teléfono (415) 495 -7195.

Recuerde antes de llegar al Consulado inscribirse o actualizar el Registro Consular para tratar sus datos exactos durante el trámite, recibir los boletines informativos y para poderlo asistir en caso de necesidad, en el siguiente enlace:

https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarCiudadano.xhtml

También encuentra información en nuestras redes sociales:

• Instagram: @consulcolsfo

• Twitter: @consulcolsfo

• Facebook: Consulado General de Colombia en San Francisco


 SISTEMA DE AGENDAMIENTO

Recuerde que agendar una cita con el Consulado no tiene costo, ¡no se dejen engañar! Sólo el Consulado administra las citas y son gratuitas. No se convierta en cómplice de esa conducta corrupta. El Consulado tiene citas disponibles para todos los trámites y se agendarán semana a semana.
 
Los mayores de 60 años no requieren cita (excepto para la expedición de Registros Civiles y Escrituras Públicas) se les atiende de lunes a viernes entre las 8:00 y 9:30 am. 

El valor de cada trámite se paga con tarjeta de crédito, débito o Apple pay. En caso de no contar con estos medios favor traer un Money Order (documento de valor que funciona como un cheque bancario, lo debe comprar un día antes o el mismo día de la cita por el valor del costo del trámite, en la Oficina de Correo de los Estados Unidos, USPS) . No se acepta dinero en efectivo.


¿Cómo solicitar una cita?

 1.    Usted debe enviar UN SOLO mensaje de texto al teléfono (415) 200-5908, los lunes a las 8:00 a.m., hora local de San Francisco. No enviar los mensajes antes de las 8:00 porque no se tienen en cuenta. No repita el mensaje a lo largo del lunes porque el sistema los agrupa en el último que envió y pierde el turno de las 8:00. No envíe solicitud de citas en días distintos ni realice consultas porque no se responden. Si tiene consultas adicionales, por favor escriban a csanfrancisco@cancilleria.gov.co

Tenga en cuenta que la demanda de citas es muy alta, así que sólo se responden los mensajes de las personas a las que se les asigne la cita.  Si no recibe respuesta durante la semana, significa que todas las citas se agotaron, por lo que deberá intentar nuevamente su solicitud con mensaje de texto desde su número de celular personal el lunes siguiente. No habrá listas de espera. Si lleva tres lunes consecutivos solicitando la cita y al cumplirse la tercera semana no le han asignado una cita, usted puede acudir al Consulado y se le atiende de lunes a viernes entre las 8:00 y 9:30 am. Excepto para la expedición de Registros Civiles y Escrituras Públicas.

 
2.    El mensaje debe contener la siguiente información:

  • Trámite para el cual requiere la cita, si su trámite es para un poder especial indicar cuantas firmas requiere – máximo número de firmas por persona, 2 firmas.
  • Nombre completo como aparece en su documento de identidad colombiano.
  • Número de identificación (Cédula, Registro Civil o Tarjeta de Identidad) dependiendo si es mayor o menor de edad.

 3.    Una vez enviado el mensaje, recibirá la asignación de la cita en el mismo número de teléfono desde el cual hicieron la solicitud. No se permiten cambios, reprogramaciones o pantallazos.

 
4.    Cuando usted llegue al Consulado el día de su cita debe mostrar su celular con los mensajes originales, tanto el enviado por usted como el de confirmación de la cita.

5. Sea puntual! Si no llega a la hora asignada se cancela la cita.

Recuerde es importante tener en cuenta:

Importante: Verificar antes de llegar al Consulado que cumple con los requisitos del trámite respectivo, si no los tiene completos no se puede realizar el trámite.
 

REQUISITOS PARA TODOS LOS TRAMITES

  1. a.    PASAPORTE MAYOR DE EDAD (documentos impresos)
  • Solicitar y obtener cita
  • Inscribirse en el Registro Consular en el siguiente enlace con la información de registro civil o tarjeta de identidad: Formulario de Registro de Ciudadanos Cancillería de Colombia (cancilleria.gov.co)    
  • El solicitante del pasaporte debe presentarse personalmente.
  • Cédula de ciudadanía colombiana vigente (amarilla con hologramas o la nueva cédula digital). También se acepta contraseña vigente de solicitud de duplicado con el respectivo certificado de estado de cédula de ciudadanía, que puede descargar en el siguiente enlace:

https://certvigenciacedula.registraduria.gov.co/Respuesta.aspx

  • En caso de que, el solicitante del pasaporte haya nacido en el extranjero u obtenido su cédula de manera extemporánea, es decir, si tramitó la cédula de ciudadanía después de los 19 años, debe traer: impreso, adicionalmente, i) Copia de su registro civil de nacimiento (del solicitante del pasaporte) completamente legible a la vista y que tenga en la parte inferior el “Espacio para Notas”, ii) Copia de la cédula de ciudadanía de quien haya transferido la nacionalidad, es decir del padre o madre del solicitante del pasaporte. Si el padre o la madre, del titular que va a tramitar el pasaporte, también nació en el extranjero, debe aportar copia impresa del registro civil de nacimiento y fotocopia de la cédula.
  • No necesita fotos, las fotos son tomadas en la oficina (evite aretes, adornos en el cabello y bufandas. La ropa que sea de color distinto al blanco para que no se confunda con el fondo de la foto).
  • Costo: $82 USD se puede pagar con tarjeta debito/crédito o en caso de contar con ninguna tarjeta podrá pagar con money order  a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.
  • El pasaporte tarda en llegar al Consulado 10 días hábiles. Exija al funcionario el número de solicitud para hacer seguimiento a su pasaporte y lo podrá reclamar de lunes a viernes, sin cita, entre las 8:00 am y 1:00 pm.
  • Si usted vive en un Estado distinto a California, para el envío del Pasaporte, si así lo prefiere, puede dejarnos un "sobre de retorno" bajo su responsabilidad. Debe incluir estampillas que cubran el valor del envío, el tracking number, su nombre y la dirección de su residencia. Escriba su nombre completo como aparece en su cédula de ciudadanía, sin tachones. Revise que la dirección este correcta para ello le sugerimos verificar con correspondencia que ya hayan recibido recientemente.  El sobre deberá ser priority mail. 
  • Si no reclama su pasaporte antes de seis (6) meses el sistema no lo deja entregar y se debe regresar a la Cancillería para su destrucción.

b ) PASAPORTE MENOR DE EDAD

Requisitos (documentos impresos)

  • Solicitar y obtener cita
  • Inscribirse en el Registro Consular en el siguiente enlace con la información de registro civil o tarjeta de identidad: Formulario de Registro de Ciudadanos Cancillería de Colombia (cancilleria.gov.co)    
  • Presentarse el menor acompañado por un padre, quien deberá presentar el documento de identificación en físico (cédula de ciudadanía, pasaporte extranjero en el caso que el menor sea hijo de padre nacido en el extranjero). También se acepta contraseña vigente de solicitud de duplicado con el respectivo certificado de estado de cédula de ciudadanía, que puede descargar en el siguiente enlace:

                https://certvigenciacedula.registraduria.gov.co/Respuesta.aspx

  • Revise que el número de identidad corresponda al mismo que se encuentra escrito en el registro civil de nacimiento del menor. Si su documento de identidad ha cambiado después del registro del menor, por ejemplo, si tenía en ese momento tarjeta de identidad y cambio después a Cédula de Ciudadanía, usted deberá solicitar un “documento Base” en la oficina de la Registraduría Nacional de donde repose el registro civil y presentarlo impreso en el Consulado.
  • Presentar registro civil de nacimiento del menor impreso (asegurarse que tenga en la parte inferior del registro el “Espacio para Notas”), el cual debe estar en buen estado (no se aceptan copias deterioradas).
  • En caso de que, el solicitante del pasaporte haya nacido en el extranjero, debe traer: impreso, adicionalmente, i) Copia de su registro civil de nacimiento (del solicitante del pasaporte) completamente legible a la vista y que tenga en la parte inferior el “Espacio para Notas”, ii) Copia de la cédula de ciudadanía de quien haya transferido la nacionalidad, es decir del padre o madre del solicitante del pasaporte. Si el padre o la madre, del titular que va a tramitar el pasaporte, también nació en el extranjero, debe aportar copia impresa del registro civil de nacimiento y fotocopia de la cédula.
  • No necesita fotos, las fotos son tomadas en el Consulado.
  • Costo: $82 USD se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.
  • Si usted vive en un Estado distinto a California, para el envío del Pasaporte, si así lo prefiere, puede dejarnos un "sobre de retorno" bajo su responsabilidad. Debe incluir estampillas que cubran el valor del envío, el tracking number, su nombre y la dirección de su residencia. Escriba su nombre completo como aparece en su cédula de ciudadanía, sin tachones. Revise que la dirección este correcta para ello le sugerimos verificar con correspondencia que ya hayan recibido recientemente.  El sobre deberá ser priority mail. 
  • El pasaporte tarda en llegar al Consulado 10 días hábiles. Exija al funcionario el número de solicitud para hacer seguimiento al pasaporte del menor. Solo lo podrá reclamar el padre o madre que haya acompañado al menor en el trámite del pasaporte, de lunes a viernes, sin cita, entre las 8:00 am y 1:00 pm.
  • Si no reclama el pasaporte en seis (6) meses -desde su trámite- el sistema no lo deja entregar y se debe regresar a la Cancillería para su destrucción.

c. PASAPORTE DE EMERGENCIA

Para solicitar el pasaporte de emergencia colombiano deberá tener en cuenta lo siguiente: 

  • Ser mayor de edad o en caso de un menor de edad estar acompañado de uno de sus padres o un apoderado.
  • Cédula digital, amarilla con hologramas o contraseña vigente, en caso de que no la tenga le rogamos nos lo haga saber con el fin de remitir los requisitos que debe cumplir para realizar el duplicado de ese documento, en ausencia de la cédula es imposible adelantar el trámite del pasaporte.
  • Copia impresa de los tiquetes que certifiquen fecha próxima del viaje o documentos que soporten el caso fortuito o fuerza mayor que justifiquen la expedición del documento
  • Denuncia en caso de pérdida o de hurto del pasaporte anterior.
  • Carta dirigida al Consulado donde solicite el pasaporte de emergencia y donde narre los hechos de tiempo, modo y lugar por el cual se hace necesario la expedición de un pasaporte de emergencia.
  • Costo: $121 USD se puede pagar con tarjeta debito/crédito o en caso de contar con ninguna tarjeta podrá pagar con money order  a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.
  • No requiere cita, se atenderá en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. en las oficinas del Consulado

d) PASAPORTE EN LINEA

Ver la Guía para el Pasaporte en Línea en este enlace: https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/FOTOS2024/PAS-PasaporteLineaWeb_1.pdf

El pasaporte en línea se expedirá únicamente en las siguientes circunstancias:

•    Ser mayor de edad, y titular de pasaporte ordinario electrónico o ejecutivo electrónico, vigente, expedido después del 17 de noviembre de 2017.
 •     Haber tenido una autenticación biométrica exitosa en el proceso de expedición del pasaporte anterior vigente.
 •    Por cambio voluntario.
 •    Por daño que impida su uso.
 •    Cuando se hayan agotado las páginas del pasaporte vigente o cuando las restantes no sean suficientes.
 •    Por hurto o pérdida.

Para la solicitud de cambio del pasaporte ordinario o ejecutivo electrónico, se deberá diligenciar el formulario de solicitud en línea, en este enlace: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/pasaporte/solicitar.xhtml

Entrega

•    La entrega de la libreta se hará de manera presencial, para lo cual el usuario deberá presentar el pasaporte anterior vigente, acompañado del documento de identidad válido y en buen estado, salvo cuando el motivo de cambio sea por hurto o pérdida.
 • Solo desde el 3 de noviembre de 2024, la entrega de los pasaportes en línea desde esa fecha se podrá hacer en el respectivo Consulado.

Cancelación

•    Al momento de la entrega del nuevo documento, se procederá con la cancelación en el sistema del pasaporte anterior vigente.

Para tener en cuenta

-    El pasaporte solicitado en línea conservará la misma clase del pasaporte ordinario electrónico o ejecutivo electrónico y los datos biográficos del pasaporte anterior vigente.

 
2.     PERMISO SALIDA MENOR

Podrá realizar el trámite sin cita previa. Únicamente se atenderá al padre o madre del menor, una semana antes de la fecha del viaje del menor o incluso faltando menos días; se priorizan las salidas de menor por fecha más próxima a la salida del país.  Deben traer los documentos impresos. Horario de atención de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.

Requisitos (documentos impresos)

  • Inscribirse en el Registro Consular en el siguiente enlace con la información de registro civil o tarjeta de identidad: Formulario de Registro de Ciudadanos Cancillería de Colombia (cancilleria.gov.co)    
  • El padre o madre, - o ambos – que va a realizar el trámite de PERMISO DE SALIDA DE MENOR ante el Consulado, deberá presentar en físico la cédula de ciudadanía colombiana, no una fotocopia, y si no la tiene puede presentar el pasaporte colombiano vigente. En ese último caso, además del pasaporte original debe traer impresa una copia en color.

Presentar los siguientes documentos del menor que va a viajar:

  • Copia de Registro Civil de Nacimiento Colombiano del menor (Copia nítida y que en la parte inferior tenga el “Espacio para Notas”) 
  • Copia Tarjeta de Identidad si el pasaporte se expidió con base en este documento.   
  •  Copia del pasaporte colombiano del menor.
  • Conocer destino final del viaje y rango de fechas de salida de Colombia y, si es del caso, fecha de regreso a Colombia.  
  • Número de identificación y nombres completos de la persona que lo acompañara en el viaje, si aplica.
  • Costo: $13 USD se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.

Información importante para tener en cuenta:

  • En el REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO del menor, deberán cerciorarse de que, en DATOS DE LA MADRE Y DATOS DEL PADRE, los apellidos y nombres de los padres sean correctos y que los documentos de identificación coincidan con los actuales y vigentes a la fecha del trámite. Verifique si los documentos de identidad han cambiado después del registro del menor. Por ejemplo, si alguno de los padres tenía tarjeta de identidad al momento del nacimiento del menor y después obtuvo la cédula de ciudadanía, deberá solicitar un “documento Base” en la oficina de la Registraduría Nacional de donde repose el registro civil y presentarlo al Consulado el día del trámite del permiso de salida.
  • En caso de errores en el registro civil usted deberá primero adelantar el trámite ante la Registraduría Nacional para corregir el Registro Civil de Nacimiento y asegurarse que el mismo quede sentado en el Sistema de la Registraduría Nacional del Estado Civil
  • Cuando el padre o la madre sea extranjero(a) deben traer el mismo documento de identidad que figure en el Registro Civil del menor al momento de nacer.  Por ejemplo, pasaporte extranjero, tarjeta o cédula de identidad. Si su documento de identidad ha perdido vigencia, deberá traer una fotocopia del documento de identidad que aparece en el registro civil de nacimiento de su menor y el pasaporte o ID vigentes. Consulte la Circular Única RC e Identificación - Versión 8 (23 de marzo de 2023) o la última versión que este en: https://www.registraduria.gov.co/Circular-unica-de-registro-civil-e-ide…

PERMISO ANTE AUTORIDADES AMERICANAS:

  De no ser posible acercarse a un consulado colombiano cerca de su residencia, puede diligenciar el permiso ante un notario público, debe estar diligenciado en idioma español, y requiere la apostilla (apostille) ante la Secretaría del Estado que corresponda. El documento original debe presentado ante las autoridades migratorias de Colombia

  •  En la página de Migración Colombia puede encontrar el formato del permiso que debe imprimir y diligenciar completamente siguiendo instrucciones allí establecidas: 

https://migracioncolombia.gov.co/informacion-general/39-subdireccion-de-control-migratorio/salida-de-menores-del-pais 

  • Después debe tramitar el reconocimiento de firma del formato especial obtenido en Migración Colombia ante un Notario Público de Estados Unidos
  • Obtener la Apostilla (Apostille) ante la Secretaría del Estado (Secretary of State) que corresponda según ubicación del Notario Público que le hizo el reconocimiento.
  •  En resumen, el documento ORIGINAL con todos sus sellos estará listo para enviarse a Colombia cuando tenga su firma, el reconocimiento de un Notario Público Americano y la respectiva Apostilla de la Secretaría del Estado.
  •  Migración Colombia exigirá original del formato de salida de menor en Colombia, con todos procesos inherentes a la apostilla según lo acordado en el Convenio de la Convención de la Haya.
  •  En esta opción no interviene el Consulado.

 3.    CÉDULAS DE CIUDADANÍA

Requisitos:

  • Presentarse personalmente.
  • Para CC PRIMERA VEZ: Registro civil de nacimiento colombiano impreso (asegurarse que tenga en la parte inferior el “Espacio para Notas”).
  • DUPLICADO DE CÉDULA Y CEDULA DIGITAL: copia impresa de un documento colombiano con foto y número de la cédula a duplicar. Costo: $68,99 USD se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.
  • La cédula no se puede enviar por correo, la entrega es presencial con huella dactilar o reconocimiento facial.
  • Si no reclama su cédula en un año el sistema no la deja entregar y se debe regresar a la Registraduría para su destrucción.

 
4.     TARJETAS DE IDENTIDAD

Enviar la solicitud al correo electrónico del consulado csanfrancisco@cancilleria.gov.co, y adjuntar el registro civil de nacimiento colombiano en formato PDF con el fin de que verifiquemos si se encuentra grabado dentro del sistema de Registraduría. Le confirmaremos por email si el registro civil de nacimiento está grabado, le informaremos los requisitos y como solicitar la cita respectiva (enviando el mensaje de texto el lunes a las 8:00 am, hora San Francisco, al teléfono (415) 200-5908).

5.     RECONOCIMIENTOS DE FIRMA – PODERES ESPECIALES (documento impreso)

  • Cédula de ciudadanía colombiana vigente o pasaporte vigente, en físico no fotocopia.
  • Pasaporte si es extranjero.
  • Documento elaborado por usted (poder, autorización, declaración) para el reconocimiento de firma. Debe traerlo impreso y sin firmar (la firma la hará en frente del funcionario que lo atienda).
  • Costo: $13 USD se puede pagar preferiblemente con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.
  • Se tramitan únicamente dos reconocimientos de firma por cada cita.
  • Antes de redactar el poder que va a traer para el trámite de RECONOCIMIENTO DE FIRMA EN DOCUMENTO PRIVADO, averigüe bien en Colombia, sobre cómo debe estar redactado el contenido del documento, con el cual usted dará poder especial, amplio y suficiente a una persona para que lo represente en una gestión en concreto en Colombia. Revise que los nombres, documentos de identidad suyos y los de su apoderado estén correctos.
  • No se aceptan poderes generales para reconocimiento de firma, ya que estos se hacen mediante escritura pública y en ese caso deberá pedir la cita a csanfrancisco@cancilleria.gov.co y adjuntar la minuta o proyecto de poder general.
  • Recuerde que el Consulado solo hace reconocimiento de la firma en documento privado y no valida ni asume responsabilidad del contenido. En el poder no debe incluir que declara o comparece ante el consulado.

PRESENTACIÓN ANTE AUTORIDADES DE LOS ESTADOS UNIDOS: (Convención de la Haya de 1961).

  • Si usted no puede acercarse al Consulado para realizar el poder, lo puede hacer mediante la figura de apostilla, es decir:
  • Tramitar el reconocimiento de su firma ante un Notario Público de Estados Unidos sobre el documento en donde usted le otorgara poder a un tercero para que adelante tramites en su nombre.
  • Obtener la Apostilla (Apostille) ante la Secretaría del Estado que corresponda según ubicación del Notario Público que le hizo el reconocimiento.
  • El documento ORIGINAL con todos sus sellos estará listo para ser enviado a Colombia cuando tenga su firma, el reconocimiento de un Notario Público Americano y la Apostilla de la Secretaría del Estado. Verifique con la Entidad receptora la aceptación del documento bajo esta modalidad. El Consulado no interviene en esta opción.

6.    SUPERVIVENCIAS - PRESENCIAL

  • No necesita cita
  • Inscribirse en el Registro Consular en el siguiente enlace con la información de registro civil o tarjeta de identidad: Formulario de Registro de Ciudadanos Cancillería de Colombia (cancilleria.gov.co)    
  • Cédula de ciudadanía colombiana física y vigente (digital o amarilla con hologramas digital).
  • El trámite es gratuito.
  • Tener el nombre del Fondo de Pensiones, un correo electrónico para enviar el certificado durante el trámite a la dirección electrónica que usted suministre

 SUPERVIVENCIA NO PRESENCIAL

Si usted vive en otro Estado o su salud no le permite desplazarse al Consulado en San Francisco, por favor enviar un mensaje por WhatsApp al número +1 (415)724-7969 indicando nombre completo, número de cedula de ciudadanía, nombre del fondo de pensión, correo electrónico. Nos comunicaremos con usted para indicarle el procedimiento a seguir.

     
7.    REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO

a.    Requisitos menor edad (documentos impresos)

  • Original del Registro Civil de Nacimiento extranjero expedido por la ciudad o condado donde ocurrió el nacimiento.
  • Realizar ante la Secretaría de Estado, del lugar de nacimiento del menor, el trámite de apostilla del Registro Civil de Nacimiento extranjero (nota: la apostilla no requiere ser traducida).
  • Traducción Oficial al idioma español del acta de nacimiento, no de la apostilla. Solo se traduce el certificado de nacimiento.
  • Fotocopias y originales de documentos de identidad de los dos padres: cédula (amarilla con hologramas o la nueva cédula digital) para colombianos y pasaporte extranjero vigente o ID del padre o madre que no tenga la nacionalidad colombiana, el mismo que reportó en el Acta de Nacimiento. Tener en cuenta que el registro civil quedará con ese número de identidad, por lo que deberá conservar ese documento de identidad o copia de este para futuros trámites ante el Estado Colombiano.
  • Documento o certificado del Grupo Sanguíneo y Rh del menor a registrar.
  • La primera copia del Registro Civil no tiene costo, cada copia adicional tiene un costo $9.06 se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.

IMPORTANTE:  Verificar antes de llegar al Consulado que cumple en forma completa con los requisitos para estar seguros de que podemos culminar exitosamente su trámite, en ausencia de uno de ellos NO se puede adelantar el trámite.
 
b.    Requisitos para el registro civil de un mayor de edad (documentos impresos)

  • Presencia en el Consulado de la persona a registrar con documento de identidad
  • Original del acta de nacimiento extranjero expedida por la ciudad donde ocurrió el nacimiento.
  • Apostilla del acta de nacimiento extranjero expedida por la Secretaría de Estado del lugar de nacimiento (la apostilla no requiere ser traducida).
  • Traducción oficial al idioma español del acta de nacimiento.
  • Fotocopias y originales de documentos de los padres: cédula (amarilla con hologramas o la nueva cédula digital) para colombianos y pasaporte extranjero vigente del padre que no tenga la nacionalidad colombiana.
  • Grupo Sanguíneo y Rh de la persona a registrar.
  • La primera copia del Registro Civil o tiene costo, cada copia adicional tiene un costo de $9.06 se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.
  • IMPORTANTE:  Verificar antes de llegar al Consulado que cumple en forma completa con los requisitos para estar seguros de que podemos culminar exitosamente su trámite, en ausencia de uno de estos no se puede realizar el Registro.
    Si tiene dudas por favor remita su consulta a: csanfrancisco@cancilleria.gov.co
     

8.    REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO (documentos impresos)

Requisitos:

  • Presencia del declarante en el Consulado
  • Original del acta de matrimonio extranjero.
  • Traducción oficial al idioma español acta de matrimonio extranjero.
  • Apostilla del acta de matrimonio extranjero expedida por la Secretaría de Estado del lugar del matrimonio (la apostilla no requiere ser traducida).
  • Traducción oficial al idioma español acta de matrimonio extranjero.
  • Copia autentica del Registro Civil de nacimiento del/los contrayentes(s) colombiano(s) con fecha de expedición no mayor a 3 meses y que tenga en la parte inferior el espacio para notas.
  • Fotocopias y originales de los documentos de identidad de los contrayentes, cédula de ciudadanía (formato amarillo con hologramas o la nueva cédula digital) para colombianos y pasaporte vigente si hay un contrayente de otra nacionalidad.
  • La primera copia del Registro Civil o tiene costo, cada copia adicional tiene un costo de $9.06 se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.

En caso de capitulaciones o providencias, se debe aportar copia fiel de las capitulaciones para llevar a cabo su respectiva anotación en el registro de matrimonio colombiano.  Dicho documento es guardado en el archivo del Consulado.

IMPORTANTE:  Verificar antes de llegar al Consulado que cumple en forma completa con los requisitos para estar seguros de que podemos culminar exitosamente su trámite, en ausencia de uno de estos no se puede realizar el Registro.
Si tiene dudas por favor remita su consulta a: csanfrancisco@cancilleria.gov.co.


 9.    REGISTRO CIVIL DE DEFUNCIÓN

Requisitos (impresos)

  • Solicitar y obtener cita
  • Presentación del declarante (es decir la persona que viene a tramitar el REGISTRO CIVIL DE DEFUNCION ante el Consulado General de Colombia en San Francisco).
  • Presentar el Certificado original de defunción expedido por funcionario o entidad extranjera (en Estados Unidos normalmente lo expide el Condado o la Ciudad donde falleció la persona, firmado por el registrador local de la ciudad), en el cual conste la fecha del fallecimiento, el nombre y sexo del fallecido.
  • Traducción oficial al idioma español del certificado de defunción
  • Apostillar el certificado de defunción expedida por la Secretaría de Estado del lugar de la defunción. La apostilla no requiere traducción solo el certificado de defunción.
  • Cédula de Ciudadanía original o pasaporte de la persona quien declara la defunción y una fotocopia de estos.
  • Cédula de ciudadanía original del fallecido y pasaporte colombiano, y fotocopia de estos (si los tiene).
  • La primera copia del Registro Civil o tiene costo, cada copia adicional tiene un costo $ $9.06 se puede pagar con tarjeta debito/crédito o con Money Order a nombre del Consulado de Colombia que lo puede comprar en la Oficina de Correos de Estados Unidos, USPS.

IMPORTANTE:  Verificar antes de llegar al Consulado que cumple en forma completa con los requisitos para estar seguros de que podemos culminar exitosamente su trámite, en ausencia de uno de estos no se puede realizar el Registro.
Si tiene dudas por favor remita su consulta a: csanfrancisco@cancilleria.gov.co

10. Asesoría social: Para consultas o solicitud de asistencia social por favor escribir al correo electrónico saday.osorio@cancilleria.gov.co Incluir su nombre completo, descripción de su situación y de la asistencia que solicita, número de teléfono. Nuestra Asesora Social se comunicará con usted a la brevedad posible. Estamos para ayudarle.

11. Asesoría Jurídica:  Usted puede acercarse al Consulado sin cita los martes y jueves entre las 11:00 am y la 1:00 pm para hablar personalmente con el Asesor Legal del Consulado o remitir correo electrónico  csanfrancisco@cancilleria.gov.co con el nombre, teléfono, número de cédula y consulta, con el fin de ser contactado por el abogado del Consulado.

12.  Escrituras públicas:  Solicitar la cita previamente al correo electrónico:

 csanfrancisco@cancilleria.gov.co  y adjuntar la minuta o proyecto de la escritura. Nos comunicaremos con usted para conferirle la cita. Generalmente hay lista de espera para escrituras públicas.

13. CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA

 REQUISITOS:

  1.  Diligenciar el formulario denominado SOLICITUD DE CERTIFICADO DE RESIDENCIA.
  2. Cédula de Ciudadanía
  3. Tener dos soportes de residencia en Estados Unidos por cada año que solicita que certifiquemos. Si requiere certificado de dos años serán 4 soportes los que deberá enviar en el formulario, y así sucesivamente.  

PASOS:

  1.  Diligenciar el formulario denominado SOLICITUD DE CERTIFICADO DE RESIDENCIA.

 Tenga en cuenta que para diligenciar el formato debe contar con todos los documentos e información requerida, no serán atendidas solicitudes incompletas. Si tiene dudas sobre cómo llenar el formulario puede enviar sus preguntas con detalle al correo csanfrancisco@cancilleria.gov.co. Se atenderán solamente solicitudes completas y cargadas en el formulario.

NO se recibirán soportes de residencia por correo electrónico, a menos de que sean certificados de más de 5 años a certificar. Si su certificado es de 5 años o menos, debe cargar los archivos soporte en el link de la solicitud.

  1.  Pago (si aplica).

 Una vez revisados sus datos y los archivos del formulario del paso 1, le contactaremos para enviarle el link de pago, si aplica.

  1. Generación de certificado y envío. 

Se generará el certificado una vez aprobado el pago. El envío por correo certificado a su casa solo se realizará si envió sobre prepagado al consulado.

 IMPORTANTE: Si envía información incorrecta, incompleta o en formatos diferentes a los solicitados en el formulario del paso 1, se rechazará su solicitud. Se notificará por correo el motivo del rechazo y deberá diligenciar el formato nuevamente con la información correcta y completa. El tiempo de expedición del certificado dependerá de que usted envíe la información y los archivos tal y como se solicitan en el formulario denominado SOLICITUD DE CERTIFICADO DE RESIDENCIA.

Envíe UNA SOLA solicitud, si envía más de una sin ser requerida por el funcionario retrasará la gestión de expedición del trámite. 

Si tiene dudas por favor remita su consulta a: csanfrancisco@cancilleria.gov.co

 LAS CITAS SON GRATUITAS E INTRANSFERIBLES. NO SE DEJE ESTAFAR

¡SOMOS MAS QUE TRAMITES SOMOS UN CONSULADO QUE ESTA CONTIGO!

 

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